El pasado 15 de febrero arrancó el plazo para solicitar la ayuda de 200 euros destinados a trabajadores y desempleados con bajos ingresos para compensar el aumento de precios debido a la elevada tasa de inflación de bienes y servicios. Hasta el 31 de marzo abierto hasta el próximo 31 de marzo el plazo para poder solicitar este cheque y será la Agencia Tributaria quien procura determinar si procede la solicitud de cada uno de los contribuyentes.
Este cheque podrá solicitarlo a aquellas personas físicas con una alquiler menos de 27.000 euros y patrimonio inferior a 75.000 euros. Además, deberán cumplir otros requisitos por el Ejecutivo impuestos:
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Tener residente habitual en España, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (permanecer más de 183 días o núcleo principal de la actividad en territorio español )
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Haber percibido ingresos íntegros rebajados a 27.000 euros anuales (se contabilizan si ha cobrado alguna otra prestación o subsidio por desempleo)
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El patrimonio familiar del hogar también deberá ser inferior a 75.000 euros sin contar la residencia habitual
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Ser asalariado, autónomo o desempleado inscrito en las oficinas de empleo que no reciben otros subsidios, entre los que se incluyen el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o algunas pensiones
Los trámites para solicitar esta ayuda son mínimos, pues tan solo habrá que rellenar un formulario al que se debe acceder con la Cl@ve o certificado electrónico. En él, habrá que indicar también el número de la cuenta bancaria en la que se reciba la transferencia.
Las dudas surgen en torno a la manera de tributar esta ayuda del Gobierno que, aunque en principio se dijo que sería una renta exenta del pago de impuestos, finalmente tendrá que incluido en la declaración de la Renta.
Así pagó la paga de 200 euros en la declaración de la Renta
Los beneficiarios de la ayuda de 200 euros deben tener en cuenta que, de cara a la declaración de la Renta, este cheque no está exento del pago de impuestospor lo que deberá tributar ante Hacienda.
Así lo ha explicado la plataforma de asesoría fiscal impuestosasegurando que «tributa como gestión del patrimonio en el impuesto sobre la Renta (IRPF)”. De esta manera, aquellos contribuyentes que superen el mínimo para hacer la Renta, deberán incluirlo en el ejercicio económico correspondiente a 2023.
Esta medida está regulada en el artículo 74 del Real Decreto-ley 20/2022, del 27 de diciembre, más concretamente en el punto número 8, donde se explica qu’las ayudas reguladas en este capítulo no estarán sujetos a la Ley 38/2003 , de 17 de noviembre”, ese es el Ley General de Subvenciones.
Sin embargo, la cantidad que se debe pagar a la Agencia Tributaria no será fija, pues surgió de los ingresos de cada persona solicitante. Según los cálculos de TaxDown, una persona con una media de 23.500€ tendrá que pagar alrededor de 30 eurosmientras que aquellos que alcancen los 27.000 euros podrían pagar hasta 60euros.
