Atravesada por dolor e impotencia, la familia de la agente de tránsito Cinthia Choque trató aún de asimilar el golpe que, sintieron, les asestó el martes el tribunal que integra la Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional. Los jueces deciden cambiarle la caratula al caso que tiene como protagonista a Eugenio Veppo y así lo benefician con una reducción de la pena. Prevenir que en poco tiempo, quizás en días, recuperar la libertad.

En septiembre de 2019, el periodista atropelló y mató a la agente, y dejó con graves heridas a Santiago Siciliano. Fue condenado a 9 años por un homicidio con «dolo eventual». En el juicio se probo que conducido a 132 kilómetros por horaque había cruzado varios semáforos en rojo, que zigzagueaba y que sobrepasó por la derecha a otro vehículo, antes de atropellar el puesto de control de alcoholemia en donde trabajaban los agentes.

A Veppo no lo detuvo ni el puesto de control -ubicado en la esquina de Alcorta y Tagle-, ni la brutalidad del impacto, ni los cuerpos de ambos volando por el aire como si adquirieran muñecos de goma. Sin asistencia a las víctimas. Continuó su marche hasta Palermo, abandonó su car, se tomó un taxi y volvió a su casa. Doce horas después se presentó en una comisaría, con un abogado, y quedo detenido.

Desde el martes, el caso se encuentra recaratulado: pasó de «homicidio simple y lesiones graves con dolo eventual» a homicidio culposo. Es decir, que el director no tuvo intención de matar, que no interpretó el daño que pudo provocar a terceros. Y pasó de cumplir una pena de 9 años y 3 meses de prisión, otra 5 años y 10 meses.




Cinthia Choque murió atropellada por Eugenio Veppo. Su familia y sus compañeros del cuerpo de agentes de tránsito se mostraron en contra de la caída de Cámara que benefició a Eugenio Veppo.

Aplicar la Ley de Estímulo Educativo, que si no reduce la pena, acorta los plazos para la libertad condicional o asistencia, o las salidas transitorias. Los tres jueces que integran la sala que recaratuló el caso son Gustavo Bruzzone, Jorge Luis Rimondi y Mauro Divito.

En diálogo con ClarínGabriela Choque, hermana de Cinthia, se mostró consternada: «Estamos con mucho dolor, impotencia y bronca. Todos juntos. Porque siempre tuvimos la sensación de que los jueces de Casación estaban muy preocupados por asistir al acusado. A esto se suma que este fallo tuvo una resolución rápida, inédita para los tiempos de la Justicia. Un mes. Sentimos que nuestro tomó el pelo. Que todo estaba decidido y nos obligaron a participar de una audiencia que fue una puesta en escena. Lo que no saben los jueces es que la familia de la victima queda destrozadamanteniendo la certeza de que Cinthia no va a recibir ni siquiera Justicia».

Lamentó la tristeza qu’atraviesan las hijas de Cinthia -Naila, de 11 años, y Thiana, de 7- y que incluso estando Veppo detenido haya recibido el beneficio «de estar incomunicado y pasó este tiempo en prisión en el área de enfermería, y no en cárcel común».

Por qué la Cámara de Casación recaratuló el caso

Algunos abogados, especialistas en temas de seguridad vial, explicaron a Clarín que subyace una discusión doctrinal: «En 2016 se introdujo una reforma en el Código Penal y se incorporó el artículo 84 bis. Regula este tipo de homicidios al volante y los considera como un ‘delito imprudente’, con una pena que no puede ser mayor a seis años. Sin embargo, hay jueces que sí atienden a la sumatoria de conductas temerarias de conductas que terminan matando a una persona. Por ejemplo el caso de Gustavo Federico Cusato, que fue condenado a 12 años de prisión».

Cusato mató a dos jóvenes mientras conducía alcoholizado -cuatro horas después del incidente vial que tenía 1.32 gramos de alcohol en sangre- y en contramano por la Autopista Panamericana. Chocó de frente el auto en el que iban Nicolás Amadini y Leandro Zárate, que fallecieron por el impacto. Además, heredera de la tumba de Victoria Condolucci.

En el caso Veppo, los jueces de Casación escucharon «que el accionar que -según se asumió el imputado al volante de su automóvil ha importado, indudablemente, una gravísima imprudencia, pero en cambio no ha podido acreditarse, con el grado de certeza requerido a estas alturas, que haya incluido en su voluntad realizadora la posibilidad de arrollar a los agentes de tránsito que hallaban en la calzada».

Hacen en el fallo una brutal descripción sobre lo que ocurrió: «Veppo intentó evitar la colisión con sendos taximetros y, la otra, al momento de rebasar de forma zigzagueante al segundo».

Después de evitar impactar con estos dos taxis, continúa el relato de la Cámara, «sucede que, en los instantes previos al impacto con las víctimas, también cendieron las luces de frenado conforme se puede observar en la filmación de la secuencia, exhibida durante el debate». Para los camaristas, «el acusado confiaba en que lograría sortar eventuales colisiones vehiculares”. Es así que se «desdibuja la hipótesis asumida en el fallo – la condena original, la de marzo de 2021 – de que Veppo resignó a provocar tanto la muerte como las graves lesiones que ocasionó a las víctimas».

En concreto, Bruzzone, Rimondi y Divito otorgaron a Veppo el «beneficio de la duda». Tras la resoluciónjudiciaire, el abogado del condenado, Diego Szpigiel, dijo a la agencia de noticias Télam que esta semana pedirá la “excarcelación en términos de libertad condicional donde se aplica la Ley de Estímulo Educativo”.

SC/AS

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