En materia de sucesiones y herencias, es imposible derogar las reglas civiles que se aplican a todos. Así, en el derecho francés, un progenitor no puede desheredar a uno oa sus hijos, como ocurre en determinados países anglosajones (Reino Unido, Estados Unidos, etc.). En Francia, el código civil distingue la «reserva hereditaria» de la “cotización disponible”. El primero debe ir a los descendientes directos del difunto y varía según el tamaño de los hermanos. El segundo se asigna libremente a la(s) persona(s) de su elección.

A pesar de todo, es posible organizar la transmisión de los bienes propios durante la vida, mediante diversas disposiciones legales (donación, legado, testamento, etc.). Algunos no son inmutables. “Conviene que cada uno los vuelva a examinar cada tres o cinco años para ver si siguen correspondiendo a su situación, a sus objetivos, y comprobar que los beneficiarios elegidos siguen siendo los mismos”asesora a Thaline Melkonian, directora de ingeniería de activos de Degroof Petercam.

Beneficio hijo cónyuge

A falta de disposiciones especiales, el cónyuge supérstite tiene dos opciones. En presencia de hijos exclusivamente mancomunados, la viuda o viudo puede optar entre la cuarta parte de la herencia en plena propiedad o el 100% en usufructo. “En cambio, en presencia de hijos no exclusivamente comunes, sus derechos legales son sólo una cuarta parte en pleno dominio”, explica Fabien Vatinel, director de ingeniería patrimonial en Neuflize OBC. Siempre es posible hacer arreglos para proteger a su «otra mitad».

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Hay que empezar por examinar el contrato de matrimonio y, en su caso, cambiarlo por un régimen más protector a favor del cónyuge supérstite. La opción de la comunidad universal, que consiste en poner en común todo el patrimonio, no es la única solución. “Se puede optar por un régimen comunitario reducido a adquisiciones integrando un cláusula preciput que permite la libre disposición de determinados bienes antes de la división sucesiva, o una cláusula específica que prevé la atribución de la plena propiedad de determinados bienes como la vivienda habitual o las cuentas bancarias., explica Fabien Vatinel.

Otra estrategia consiste en hacer una donación al último de los vivos, debiendo cada miembro de la pareja hacer este acto a favor del otro. “¡Pero cuidado con las sorpresas desagradables! Creemos erróneamente que el otro heredará todo. Es falso. A veces tendrá que tratar con los hijos de su matrimonio y con los de una unión anterior.destaca Arlette Darmon, notaria de Monassier & Associés, en París. Por lo tanto, será necesario considerar la posibilidad de complementar esta disposición por la posible redacción de un testamento. »

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