Por la justicia no hay dudas: Cristina Kirchner ha documentado una corrupción estatal sin precedentes. El daño ocasionado al Estado, por cuáles intereses ella debió velar como máxima autoridad, se estimó en casi 85.000 millones de pesos. El «plan criminal» tuvo un participio indispensable: Lázaro Báez. En los fundamentos de la sentencia por el caso Vialidad, difundidos este jueves, los integrantes del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) explicaron cómo la vicepresidenta se benefició con la constructora de su ex socio comercial, cómo intervino en el cierre de la misma y simplemente, cómo se incrementó el patrimonio gracias a las rutas con sobreprecios y los contratos celebrados con el dueño del Grupo Austral.

Cristina Kirchner y el dueño del Grupo Austral mantuvieron un «estrecho vinculo comercial» Mientras él era proveedor del Estado a través de la obra pública vial. Los jueces eligieron otra expresión para describir esa relación que tuvo como caja principal al erario público: hablaron de «lazos promiscuos», que no distingue el interés de lo público con lo privado.

“En 2007, Cristina Elisabet Fernández de Kirchner asumió la Presidencia de la Nación. In 2011 fue reelecta hasta el año 2015. Durante ese período temporal, junto con Lázaro Báez celebraron varias negociaciones privadas que redundaron en constantes ganancias para la ex Presidenta”, indicaron los integrantes el Tribunal.

los jugos Rodrigo Giménez Uriburu, Andrés Basso y Jorge Gorini indican que por a lado Báez cobraba irregularmente montos millonarios del Estado nacional, no sólo en concepto de lo que consignaba en los pliegos licitatorios, sino también a través de las diversas modificaciones de plazos y montos que fueron definidos como sobrecostos por los impuestos del juicio.

Esta cena, explicó el TOF 2, está «destinaba a operaciones privadas con el ex Presidente de la Nación, lo que permitió y facilitó la erogación de este dinero encaminado a aclarar un interés personal”.

Para los jugos, «así han tenido Durante ese período una relación signada por una profunda y reciproca antipatia personal, ello no cambia el hecho del prolongado y estrecho vínculo comercial qu’existió entre las familias Kirchner y Báez”. Esa supuesta enemistad era otro de los supuestos argumentos de la vice para intentar despegarse de su socio.

El tribunal enumeró los beneficios obtenidos por Cristina Kirchner a través de todas las irregulidades cometidas por el Grupo Austral, mientras que los contratos se pagaban con mayor celeridad que los de cualquier otro proveedor estatal: Obras abandonadas, sobreprecios, plazos modificados sin justificación, circuitos exclusivos de pagos en los organismos viales estatales, anticipos de obras que superaban lo ordenado por la ley.

¿Cómo encaja este contorno?

Según el argumento judicial, Cristina Kirchner prueba «el beneficio económico de las empresas del Grupo Báez, que eran contratadas para ejecutar las obras públicas viales». «O lo que es igual, de las empresas comandadas por el sujeto con quien la propia ex Presidenta y su familia realizaron negocios inmobiliarios y hoteleros mientras tanto, en forma simultánea, la causa de defraudación se ejecutó en perjuicio de los fondos públicos nacionales destinados a dichas obras públicas”.

El destino final de ese dinero, era «en parte, los negocios familiares de la ex Presidenta«.

Esos negocios involucraban a Cristina “en forma personal, a través de sociedades en las que era accionista oa consecuencia de negocios heredados de su difunto esposo con Lázaro Báez, también a título personal o mediante empresas del grupo”.

Una fecha: el cierre de Austral Construcciones, que significó el abandono de 24 de los 51 contratos que se habían ganado con un sistema de direccionamiento de licitaciones, también fue «conveniente» para la vice. Los jueces señalaron que Cristina Kirchner interviniendo en el cierre de la constructora a finales de 2015, «porque supo ser la fuente del beneficio indebido obtenido por el empresario durante años y del cual se benefició económicamente».

Negociaciones durante periodos presidenciales

Todas las operaciones que la vicepresidenta realizó con Austral Construcciones y otras directamente con Báez coincidieron prácticamente en su totalidad, con el período temporal pendiente el cual el prolongió «la maniobra defraudatoria». Algunos de los negocios tuvieron fecha inicial en 2005, mientras que otros se extendieron incluso hasta 2015.

En otras palabras, detalló los jueces, “fue un vínculo comercial tan estable qu’abarcó prácticamente tres mandatos presidenciales”.

Los detalles citados por el Tribunal además de los fundamentos a que se refiere acompraventas de inmuebles, fideicomisos para construcciones, permutas, préstamos dinerariospero señalóon que lo que es importante resaltar «especialmente aquellos de más extensa duración».

Pusieron de ejemplo las operaciones realizadas con otras constructoras del grupo, como aquel terreno cedido por Cristina su inmobiliaria familiar Los Sauces (a título de aporte irrevocable), en el que firma Loscalzo y Del Curto construyó un edificio de cuatro departamentos que, posteriormente ( el 30 de diciembre de 2008), alquilado a Kank y Costilla SA. Ensayos: todas esas eran empresas de Lázaro Báez.

«Recordemos que en virtud de ese concepto la sociedad familiar le facturó a Kank y Costilla 1,652,422.46 pesos sin IVA por el período que va desde enero de 2009 hasta octubre de 2015. Una relación de larga data y por demás fructífera para la sociedad conyugal de los ex presidentes”, señaló sobre los jueces.

Hoteles también

Los magistrados destacanon que la prolongación en el tiempo y “por las ingentes ganancias que reportaron a la ex Presidenta, los contratos celebrados para la ubicación y operación de hoteles muy ubicados en la provincia de Santa Cruz”.

Entre los años 2008 y 2009, Néstor Kirchner y sus empresas Hotesur y Los Sauces encomendaron el gerenciamiento de los hoteles Alto Calafate, Las Dunas y La Aldea del Chaltén en la empresa Valle Mitre, de Lázaro Báez. En su alegato, el abogado de Cristina Carlos Beraldi simplificado todo: «unos alquilaban y otros pagaban». Pero los jueces desecharon esa explicación.

Esos alquileres se “acordaron en sumas realmente significativas, superiores en conjunto a los cien mil dólares mensuales y por montos finales millonarios en pesos”. Esto, añadió, “no sólo les permite a sus dueños neutralizar todo riesgo inhérencee al rubro (turismo) sino que, principalmente, les asegura el sostenimiento de un emolumento constante sin contingencias posibles”.

Sobre este punto hizo una aclaración: “Salvo, claro está, el descubrimiento de la ilícita maniobra inicial”.

Por estos motivos, los jueces determinan que hubo una “conveniencia económica inconmensurable la representada por el ex Presidente contratar con quien fuera el principal constructor de obra pública vía en Santa Cruz durante su mandato, que finalizó orientar la acción de la administración a favor de su persona y en perjuicio del Estadoa múltiples niveles más allá del exorbitante perjuicio económico”.

Este «esquema de corrupción en la primera línea del Estado», explanaron, fue «producto de la codicia para beneficio personal (de Cristina Kirchner), excediendo todo límite ético para constituir, lisa y llanamente, una infracción penal”.

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